Términos y condicones

BUNCRETE CONSTRUCCIONES

PRIMERA.

- DEL OBJETO Y ACEPTACIÓN. Los presentes Términos y Condiciones

regulan la prestación de servicios de construcción, remodelación, instalación de pisos de

concreto y acabados en general ofrecidos por Buncrete Construcciones. La interacción con

nuestros medios digitales y la formalización de nuestros servicios implica la aceptación

incondicional de las disposiciones aquí contenidas.

SEGUNDA.

- DE LA NATURALEZA DE LA INFORMACIÓN Y LIMITACIÓN DE OFERTA.

Toda la información contenida y publicada en el sitio web, redes sociales y plataformas

digitales de la constructora —incluyendo catálogos, portafolios de proyectos,

especificaciones técnicas de diseño, costos estimados y tiempos de ejecución— es de

carácter estrictamente referencial e informativo. Dicha información no constituye una oferta

legal vinculante ni acuerdo definitivo.

TERCERA.

- DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y MATERIAL

ILUSTRATIVO. Los diseños arquitectónicos, planos, levantamientos, metodologías

operativas y las fotografías de obras ejecutadas por Buncrete son propiedad exclusiva de la

constructora. Queda estrictamente prohibida su reproducción o uso comercial sin

autorización previa. Se hace constar y se aclara que la empresa utiliza de forma

complementaria fotografías, renders o imágenes de archivo (bancos de imágenes o stock)

con fines netamente ilustrativos y de referencia estética en sus plataformas digitales. Los

derechos de autor y propiedad intelectual de dichas imágenes de stock pertenecen a sus

respectivos creadores o licenciantes, y no se reclaman como propiedad u obra exclusiva de

Buncrete Construcciones.

CUARTA.

- DE LAS COTIZACIONES, MODIFICACIONES Y HORARIOS OPERATIVOS.

4.1. Vigencia: Toda cotización emitida por escrito por la constructora tendrá una

vigencia improrrogable de 10 (diez) días naturales a partir de su fecha de

expedición, sujeta a la disponibilidad de agenda operativa.

4.2. Modificaciones Posteriores: Cualquier adición o cambio solicitado por el

cliente con posterioridad a la firma del contrato generará invariablemente un costo

adicional y modificará unilateralmente los tiempos de entrega pactados.

4.3. Horarios Operativos y Extraordinarios: Se define como jornada operativa

estándar el horario comprendido de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas, y

sábados de 08:00 a 13:00 horas. Toda ejecución de obra requerida fuera de este

marco se considerará horario extraordinario. Asimismo, en apego a la legislación

laboral mexicana, se considerará horario nocturno cualquier labor ejecutada entre

las 20:00 y las 06:00 horas. Si el cliente o el reglamento del

lugar de trabajo exigen que los trabajos se realicen en horarios

extraordinarios o nocturnos, se generarán cargos operativos adicionales que

deberán ser cubiertos en su totalidad por el cliente.

QUINTA.

- DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y OBLIGACIONES EN SITIO.

5.1. Tiempos y Anticipos: Los tiempos de duración de la obra, así como los

porcentajes de anticipo, son variables y quedarán definidos y fijados de manera

particular en el contrato de obra respectivo.

5.2. Suministros Básicos: Es obligación irrenunciable del cliente proporcionar, a su

entero costo y cargo, acceso continuo a los servicios de agua potable y energía

eléctrica en el lugar exacto donde se ejecutarán los trabajos, desde el inicio hasta la

entrega de estos.

SEXTA.

- DE LA EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD (CASO FORTUITO Y FUERZA

MAYOR). Buncrete Construcciones queda eximida de toda responsabilidad civil, mercantil o

de cualquier otra índole, así como del pago de penas convencionales, por cualquier retraso

o suspensión de obra que derive de eventos de caso fortuito o fuerza mayor. Esto incluye,

de manera enunciativa y no limitativa: fenómenos meteorológicos severos (huracanes,

tormentas tropicales, exceso de humedad que impida el fraguado), huelgas, escasez

generalizada de materiales en la región, recortes, apagones o fluctuaciones severas en

el suministro de energía eléctrica de la red pública, así como escasez, cortes o

tandeos en el suministro de agua potable municipal indispensables para la operación.

SÉPTIMA.

- DE LAS GARANTÍAS Y VICIOS OCULTOS. La constructora otorga un plazo

de garantía de 1 (un) año, el cual comenzará a computarse estrictamente a partir de la firma

del acta de entrega-recepción de la obra.

7.1. Cobertura (Vicios Imputables): La garantía aplica única y exclusivamente

sobre fallas estructurales imputables a la ejecución de Buncrete Construcciones,

limitándose a: hundimientos derivados de una deficiente compactación (si la

compactación fue contratada a la empresa), desprendimiento prematuro de la capa

de rodadura (delaminación), y desniveles incorrectos que generen

encharcamientos severos que no correspondan a las caídas pluviales naturales del

terreno. Desprendimiento del sellador acrílico en caso de haberse contratado.

7.2. Exclusiones Naturales (No Imputables): Por la naturaleza termodinámica del

concreto, NO se consideran vicios ocultos y quedan excluidos de garantía: las

variaciones naturales de tonalidad por efectos de curado y exposición solar, y las

microfisuras superficiales por retracción plástica (fisuras capilares o de secado) que

sean menores a 2 milímetros de apertura y que no comprometan la integridad de la

losa monolítica.

7.3. Uso Apropiado e Invalidación de Garantía: Se define como uso apropiado

transitar la superficie de acuerdo con su carga de diseño (tránsito peatonal,

vehicular ligero, vehicular pesado o de uso industrial), lavar exclusivamente con agua y jabones neutros, y no someter la losa a desgaste abrasivo mecánico. La garantía quedará total e

inmediatamente invalidada si el piso sufre daños derivados de un uso inapropiado,

entendiéndose este como:

a) El ingreso o tránsito de vehículos de carga pesada, maquinaria o

camiones no previstos en el cálculo estructural.

b) El uso de ácidos (muriático), solventes, cloro puro o químicos corrosivos

que destruyen las propiedades del sellador o del concreto.

c) Impactos directos por caída de objetos contundentes, herramientas

pesadas o arrastre prolongado de mobiliario metálico punzocortante.○

d) Alteraciones, perforaciones, cortes o excavaciones realizadas por terceros

ajenos a la empresa con posterioridad a la entrega.

OCTAVA.

- DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación, cumplimiento

y ejecución de los presentes Términos y Condiciones, así como para la resolución de

cualquier controversia, las partes se someten expresamente a las leyes aplicables y a la

jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán,

renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes

o futuros pudiera corresponderles.