Términos y condicones
BUNCRETE CONSTRUCCIONES
PRIMERA.
- DEL OBJETO Y ACEPTACIÓN. Los presentes Términos y Condiciones
regulan la prestación de servicios de construcción, remodelación, instalación de pisos de
concreto y acabados en general ofrecidos por Buncrete Construcciones. La interacción con
nuestros medios digitales y la formalización de nuestros servicios implica la aceptación
incondicional de las disposiciones aquí contenidas.
SEGUNDA.
- DE LA NATURALEZA DE LA INFORMACIÓN Y LIMITACIÓN DE OFERTA.
Toda la información contenida y publicada en el sitio web, redes sociales y plataformas
digitales de la constructora —incluyendo catálogos, portafolios de proyectos,
especificaciones técnicas de diseño, costos estimados y tiempos de ejecución— es de
carácter estrictamente referencial e informativo. Dicha información no constituye una oferta
legal vinculante ni acuerdo definitivo.
TERCERA.
- DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y MATERIAL
ILUSTRATIVO. Los diseños arquitectónicos, planos, levantamientos, metodologías
operativas y las fotografías de obras ejecutadas por Buncrete son propiedad exclusiva de la
constructora. Queda estrictamente prohibida su reproducción o uso comercial sin
autorización previa. Se hace constar y se aclara que la empresa utiliza de forma
complementaria fotografías, renders o imágenes de archivo (bancos de imágenes o stock)
con fines netamente ilustrativos y de referencia estética en sus plataformas digitales. Los
derechos de autor y propiedad intelectual de dichas imágenes de stock pertenecen a sus
respectivos creadores o licenciantes, y no se reclaman como propiedad u obra exclusiva de
Buncrete Construcciones.
CUARTA.
- DE LAS COTIZACIONES, MODIFICACIONES Y HORARIOS OPERATIVOS.
4.1. Vigencia: Toda cotización emitida por escrito por la constructora tendrá una
vigencia improrrogable de 10 (diez) días naturales a partir de su fecha de
expedición, sujeta a la disponibilidad de agenda operativa.
4.2. Modificaciones Posteriores: Cualquier adición o cambio solicitado por el
cliente con posterioridad a la firma del contrato generará invariablemente un costo
adicional y modificará unilateralmente los tiempos de entrega pactados.
4.3. Horarios Operativos y Extraordinarios: Se define como jornada operativa
estándar el horario comprendido de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas, y
sábados de 08:00 a 13:00 horas. Toda ejecución de obra requerida fuera de este
marco se considerará horario extraordinario. Asimismo, en apego a la legislación
laboral mexicana, se considerará horario nocturno cualquier labor ejecutada entre
las 20:00 y las 06:00 horas. Si el cliente o el reglamento del
lugar de trabajo exigen que los trabajos se realicen en horarios
extraordinarios o nocturnos, se generarán cargos operativos adicionales que
deberán ser cubiertos en su totalidad por el cliente.
QUINTA.
- DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y OBLIGACIONES EN SITIO.
5.1. Tiempos y Anticipos: Los tiempos de duración de la obra, así como los
porcentajes de anticipo, son variables y quedarán definidos y fijados de manera
particular en el contrato de obra respectivo.
5.2. Suministros Básicos: Es obligación irrenunciable del cliente proporcionar, a su
entero costo y cargo, acceso continuo a los servicios de agua potable y energía
eléctrica en el lugar exacto donde se ejecutarán los trabajos, desde el inicio hasta la
entrega de estos.
SEXTA.
- DE LA EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD (CASO FORTUITO Y FUERZA
MAYOR). Buncrete Construcciones queda eximida de toda responsabilidad civil, mercantil o
de cualquier otra índole, así como del pago de penas convencionales, por cualquier retraso
o suspensión de obra que derive de eventos de caso fortuito o fuerza mayor. Esto incluye,
de manera enunciativa y no limitativa: fenómenos meteorológicos severos (huracanes,
tormentas tropicales, exceso de humedad que impida el fraguado), huelgas, escasez
generalizada de materiales en la región, recortes, apagones o fluctuaciones severas en
el suministro de energía eléctrica de la red pública, así como escasez, cortes o
tandeos en el suministro de agua potable municipal indispensables para la operación.
SÉPTIMA.
- DE LAS GARANTÍAS Y VICIOS OCULTOS. La constructora otorga un plazo
de garantía de 1 (un) año, el cual comenzará a computarse estrictamente a partir de la firma
del acta de entrega-recepción de la obra.
7.1. Cobertura (Vicios Imputables): La garantía aplica única y exclusivamente
sobre fallas estructurales imputables a la ejecución de Buncrete Construcciones,
limitándose a: hundimientos derivados de una deficiente compactación (si la
compactación fue contratada a la empresa), desprendimiento prematuro de la capa
de rodadura (delaminación), y desniveles incorrectos que generen
encharcamientos severos que no correspondan a las caídas pluviales naturales del
terreno. Desprendimiento del sellador acrílico en caso de haberse contratado.
7.2. Exclusiones Naturales (No Imputables): Por la naturaleza termodinámica del
concreto, NO se consideran vicios ocultos y quedan excluidos de garantía: las
variaciones naturales de tonalidad por efectos de curado y exposición solar, y las
microfisuras superficiales por retracción plástica (fisuras capilares o de secado) que
sean menores a 2 milímetros de apertura y que no comprometan la integridad de la
losa monolítica.
7.3. Uso Apropiado e Invalidación de Garantía: Se define como uso apropiado
transitar la superficie de acuerdo con su carga de diseño (tránsito peatonal,
vehicular ligero, vehicular pesado o de uso industrial), lavar exclusivamente con agua y jabones neutros, y no someter la losa a desgaste abrasivo mecánico. La garantía quedará total e
inmediatamente invalidada si el piso sufre daños derivados de un uso inapropiado,
entendiéndose este como:
a) El ingreso o tránsito de vehículos de carga pesada, maquinaria o
camiones no previstos en el cálculo estructural.
b) El uso de ácidos (muriático), solventes, cloro puro o químicos corrosivos
que destruyen las propiedades del sellador o del concreto.
c) Impactos directos por caída de objetos contundentes, herramientas
pesadas o arrastre prolongado de mobiliario metálico punzocortante.○
d) Alteraciones, perforaciones, cortes o excavaciones realizadas por terceros
ajenos a la empresa con posterioridad a la entrega.
OCTAVA.
- DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación, cumplimiento
y ejecución de los presentes Términos y Condiciones, así como para la resolución de
cualquier controversia, las partes se someten expresamente a las leyes aplicables y a la
jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán,
renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes
o futuros pudiera corresponderles.